Las principales novedades tributarias que entrarán en vigor el 1 de enero de 2015 y que afectarán a las pymes son las siguientes:
- En el ejercicio 2015 el tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades se reducirá del 30% actual al 28%. La reducción continuará en el año 2016 hasta el 25%.
- Las nuevas pymes mantendrán el tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades en el 15% durante los dos primeros ejercicios con beneficios, con el objetivo de fomentar nuevas iniciativas empresariales.
- Se eliminarán la mayoría de las deducciones en cuota con el doble objetivo de acercar el tipo nominal al tipo efectivo y que el tipo efectivo de las pymes no sea superior al tipo efectivo de las grandes empresas. Como excepción, la deducción por inversión en I+D aumentará para las empresas que destinen a dicha actividad cuantías superiores al 10% de su cifra de negocios.
- Para compensar pérdidas, las pymes podrán crear una reserva con recursos propios durante un período de cinco años. El límite de reducción en la base imponible será del 10% hasta un máximo de millón de euros. Así, el tipo de gravamen efectivo se situaría en el 22,5%.
- También podrán crear una reserva de capitalización creando un fondo interno de financiación. A través de él, las pymes pueden reducir un 10% adicional su base imponible. Si aplican las dos medidas de forma conjunta, el tipo de gravamen efectivo se reduciría al 20,25%.
- Se mantendrá la libertad de amortización para las pymes, lo cual supone la posibilidad de desgravación de las inversiones en inmovilizado durante 18 años (período máximo de compensación de las bases negativas en el Impuesto sobre Sociedades).
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