Las principales novedades fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2015 y que afectarán particularmente a los autónomos son las siguientes:
- Los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000 euros anuales (550.000 autónomos aproximadamente en España) verán reducidas sus retenciones en el IRPF del 21% actual al 15%. El ahorro medio previsto para dichos autónomos será de 720 euros anuales.
- El resto de autónomos, con facturación superior a 15.000 euros anuales, verán reducida sus retenciones en el IRPF del 21% actual al 19% dentro de dos ejercicios.
- Los autónomos, a diferencia de las sociedades, sí mantendrán la deducción por inversión de beneficios a partir del 1 de enero de 2015.
- Para los autónomos que tributen en estimación directa desaparecerá la deducción del 5% en concepto de gastos de difícil justificación (comidas, taxis, teléfono, gasolina, material de papelería, etc). El importe máximo que podrá ser deducible por estos conceptos será de 2.000 euros.
- En cuanto a los autónomos que tributen en estimación objetiva, conocido como módulos, el límite para que puedan tributar bajo esta modalidad se reducirá de los 300.000 euros anuales que fija la normativa en la actualidad a los 200.000 euros anuales si realizan actividades agrícolas, ganaderas o forestales, y de 450.000 euros anuales actuales a 150.000 para el resto de actividades.
- Por último, el Gobierno estudiará aplicar reducciones a las retenciones de los autónomos que decidan convertirse en administradores de sociedades mercantiles.
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