El pasado mes de enero informábamos de la interesante Sentencia del Juzgado de 1ª instancia N.º1 de Haro, por el que, con estimación de la demanda, condenaba a la Mercantil LC ASSET SARL al pago de 3000 € por la indebida inclusión en registros de morosos a uno de nuestros clientes.
Ya informábamos en dicho artículo, que el cliente tuvo conocimiento, al ir a solicitar una financiación, que sus datos habían sido incluidos por el fondo LC ASSET 1 SARL, en el fichero ASNEF-EQUIFAX, sin haber tenido relación contractual previa alguna y sin haber existido el preceptivo requerimiento de pago y el pertinente aviso de inclusión en caso de impago.
Así, la sentencia de primera Instancia, favorable a los intereses de nuestro cliente, consideraba que el sistema de envíos masivos, no cumple con el requisitos exigidos del art.20 de la Ley Orgánica 3/2018 y del art. 38 del RD 1720/2007 para el requerimiento de pago, ,al tiempo que tampoco daba validez a los requisitos de la deuda. La sentencia de segunda instancia ha confirmado el fallo del Juzgado de Instancia.
Se trata de un gran éxito para los abogados de nuestra firma, ya que es una de las primeras sentencias en apelación que se dictan valorando la reciente sentencia de 2 de febrero de 2022 dictada a su vez por la Sección 1 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, pero en sentido desfavorable, a diferencia de la del Tribunal Supremo, respecto de la validez de los supuestos envíos de comunicaciones Masivos, si no se puede acreditar la recepción.
Se valora por la Audiencia que, habiendo podido haber circunstancias, como en este caso, cambio de domicilio de nuestro cliente, acreditado en autos (Comparecencia ante el Tribunal para ratificar el poder y D.N.I. ) no queda acreditada la recepción y no se puede dar por efectuado este requisito previo a la inscripción.
¿Qué dice el fallo de la sentencia por inclusión indebida en registro de morosos?
Una sentencia más, en favor de los clientes de Like Abogados, que sigue obteniendo importantes Sentencias, ante este tipo de prácticas abusivas de las Grandes Empresas, en este caso fondo “buitre”.
Desde Like Abogados sabemos cómo ayudarte. Te asesoramos y estudiamos tu caso. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.