Seguimos cosechando éxitos en la defensa de los derechos de los consumidores. El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia favorable en un caso de indebida inclusión en el registro de morosos, defendido por Like Abogados, condenando a Quartz Capital Fund S.C.A. al pago de 3,000 euros y las costas.
Durante este año 2024 seguimos luchando contra ciertas prácticas empresariales que no solo atentan contra la ética comercial, sino que también pueden contravenir la ley, con las consecuencias que ello supone.
Tanto es así, que en algunas empresas las irregularidades o las prácticas abusivas, como esta indebida inclusión en el registro de morosos, lejos de ser una excepción, se han convertido en una constante.
Prueba de ello, como caso paradigmático, son las numerosas causas abiertas en nuestros juzgados por las prácticas de entidades como Quartz Capital Fund S.C.A., una agencia de recobro con sede en Luxemburgo que compra deudas impagadas a entidades financieras, respecto a consumidores que se ven afectados por la indebida inclusión en ficheros de morosos.
¿Cómo se llegó a esta indebida inclusión en los registros de morosos?
Como hemos venido reiterando en anteriores entradas, muchas veces, sin justificación válida, se incluye a los consumidores en ficheros de morosos. En este caso particular, nuestro cliente descubrió que sus datos habían sido incluidos en el fichero ASNEF por Quartz Capital Fund S.C.A. sin una relación contractual previa y sin el pertinente requerimiento de pago.
Inicialmente, la demanda fue desestimada en primera instancia. Sin embargo, Like Abogados presentó un recurso de apelación que fue resuelto favorablemente por la Audiencia Provincial de León.
El Tribunal Supremo ratificó que Quartz Capital Fund S.C.A. no cumplió con los procedimientos legales necesarios para la inclusión de nuestro cliente en el fichero de morosos, fallando en la verificación de la deuda y en la notificación previa.
La sentencia establece claramente que no se puede afirmar que la deuda fuera cierta, líquida y exigible. Además, no se probó que se notificara al cliente un requerimiento de pago ni un preaviso de su inclusión en un registro de morosos en caso de impago.
¿Qué declara la sentencia por la indebida inclusión en los registros de morosos?
La sentencia declara la intromisión ilegítima en el derecho al honor de nuestro cliente por parte de Quartz Capital Fund S.C.A. Además de la indemnización de 3,000 euros, la sentencia impone las costas del proceso a la parte demandada.
Desde Like Abogados seguimos consiguiendo importantes sentencias en favor de los derechos de nuestros clientes, enfrentando este tipo de prácticas abusivas de las grandes empresas.
Recuerda que sabemos cómo ayudarte. Te asesoramos y estudiamos tu caso. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.